CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO.
En la ciudad de silao GTO. a 5 de ABRIL de 2019 los que suscribimos el presente, a saber representada por el señor Leslie Carolina Macias Anaya como patrón, que en lo sucesivo se denominara"el patrón", y , por la otra, el "Trabajador", hacemos constar que hemos convenido en celebrar un contrato individual de trabajo por tiempo determinado, bajo las siguientes:
CLAUSULAS
Primera. Para los efectos del articulo _________ de la ley federal del trabajo, el señor Leslie Carolina Macias Anaya declara que su representada es una sociedad mexicana dedicada a Procesar mermelada con domicilio en Vallejos y que acredita su personalidad con MERMEDIATICS
El trabajador declara :
Llamarse Cynthia Guadalupe Mandujano Garcia edad 15 estado civil Soltera nacionalidad Mexicana y con domicilio en San Diego el grande.
Segunda: Este contrato se celebra por un tiempo determinado de 90 dias con vencimiento en la fecha 5 de julio de 2019 en virtud de que el trabajador sustituirá durante ese tiempo al señor Maria Guadalupe Gutierres Antonio. Con motiva de la (enfermedad, permiso ,etc.) de este, en la prestación de los servicios consistentes en Capacitar al extranjero para un mejor desempeño laboral.
Tercera: El trabajador se obliga a prestar los servicios personales que se especifican en la clausula anterior, subordinado jurídicamente al patrón, con esmero y eficiencia, en las oficinas (o talleres) del patrón, y en cualquier lugar de esta ciudad donde el patrón desempeñe actividades.
Queda expresamente convenido que el trabajador acatara en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo, todas las ordenes, circulares y disposiciones que dicte el patrón y todos los ordenamientos legales que le sean aplicables.
Cuarta: La duración de la jornada sera de 8 horas diarias, de lunes a viernes de 7 de la mañana a 3 de la tarde con el siguiente horario por lo que constituye una jornada de
Quinta: Cuando por circunstancias extraordinarias se aumente la jornada de trabajo, los servicios prestados durante el tiempo excedente se consideraran como extraordinarios y se pagara a razón por el ciento por ciento mas del salario establecido para las horas de trabajo normal.
Tales servicios nunca podrán exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana; en la inteligencia de que el trabajador no esta autorizada para laboraren tiempo extraordinario, salvo que haya orden expresa y por escrito del representante del patrón y en caso que se excedan las horas posteriores se pagaran triples, de acuerdo al articulo, LFT- No-67 y 68------------
Sexta:El trabajador esta obligado a checar su tarjeta o a firmar las listas de asistencias, a la entrada y las salidas de sus labores, por lo que e incumplimiento de ese requisito indicara la falta injustificada a sus labores, para todos los efectos legales ademas cumplirán con la función de ayudante de cocina y las tareas de las 7.00 a las 7:10 checar entrada, de las 7:10 a las 7:30 lavado de manos, ponerse cofia, bata y zapatos de seguridad de las 7:30 a 7:45 recoger las materias primas del almacén como son fruta, azúcar, fetina, ácido cítrico, colorantes naturales, tapas, frascos, etiquetas y cajas para empaque, de 7:45 a 8:00 lavado y desinfectado de frutas, de 8:00 a 10:00 esterilización de frascos y secado de los mismos de las 10:00 a las 10:30 hora de refrigerio en el comedor , de las 10:30 a las 2:00 ayudar al cocinero a la elaboración de la mermelada, de las 2:00 a 2:45 lavado de los materiales de producción como son ollas, cuchillos, estufa y mesas(todo lo necesario para elaborar mermelada) de 2:45 a las 3:00 lavado de bata y guardado en los locker junto con los zapatos a las 3:00 checar salida.
Séptima: El trabajador percibirá, por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, un salario de $185.71 (ciento ochenta y cinco con setenta y uno centavos) pesos diarios, al cual se aplicara la parte proporcional correspondiente al descanso semanal, conforme a lo dispuesto en el articulo -69- de la ley federal del trabajo. El salario se le cubrirá los Sabados de cada semana laboral vencida, en moneda de curso legal y con tarjeta de débito en el banco banamex, estando obligado el trabajador a firmar las constancias de pago respectivas , teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos de dicha ley.
Octava:Por cada _____________ dias de trabajo el trabajador tendra
En la ciudad de silao GTO. a 5 de ABRIL de 2019 los que suscribimos el presente, a saber representada por el señor Leslie Carolina Macias Anaya como patrón, que en lo sucesivo se denominara"el patrón", y , por la otra, el "Trabajador", hacemos constar que hemos convenido en celebrar un contrato individual de trabajo por tiempo determinado, bajo las siguientes:
CLAUSULAS
Primera. Para los efectos del articulo _________ de la ley federal del trabajo, el señor Leslie Carolina Macias Anaya declara que su representada es una sociedad mexicana dedicada a Procesar mermelada con domicilio en Vallejos y que acredita su personalidad con MERMEDIATICS
El trabajador declara :
Llamarse Cynthia Guadalupe Mandujano Garcia edad 15 estado civil Soltera nacionalidad Mexicana y con domicilio en San Diego el grande.
Segunda: Este contrato se celebra por un tiempo determinado de 90 dias con vencimiento en la fecha 5 de julio de 2019 en virtud de que el trabajador sustituirá durante ese tiempo al señor Maria Guadalupe Gutierres Antonio. Con motiva de la (enfermedad, permiso ,etc.) de este, en la prestación de los servicios consistentes en Capacitar al extranjero para un mejor desempeño laboral.
Tercera: El trabajador se obliga a prestar los servicios personales que se especifican en la clausula anterior, subordinado jurídicamente al patrón, con esmero y eficiencia, en las oficinas (o talleres) del patrón, y en cualquier lugar de esta ciudad donde el patrón desempeñe actividades.
Queda expresamente convenido que el trabajador acatara en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo, todas las ordenes, circulares y disposiciones que dicte el patrón y todos los ordenamientos legales que le sean aplicables.
Cuarta: La duración de la jornada sera de 8 horas diarias, de lunes a viernes de 7 de la mañana a 3 de la tarde con el siguiente horario por lo que constituye una jornada de
Quinta: Cuando por circunstancias extraordinarias se aumente la jornada de trabajo, los servicios prestados durante el tiempo excedente se consideraran como extraordinarios y se pagara a razón por el ciento por ciento mas del salario establecido para las horas de trabajo normal.
Tales servicios nunca podrán exceder de tres horas diarias ni de tres veces en una semana; en la inteligencia de que el trabajador no esta autorizada para laboraren tiempo extraordinario, salvo que haya orden expresa y por escrito del representante del patrón y en caso que se excedan las horas posteriores se pagaran triples, de acuerdo al articulo, LFT- No-67 y 68------------
Sexta:El trabajador esta obligado a checar su tarjeta o a firmar las listas de asistencias, a la entrada y las salidas de sus labores, por lo que e incumplimiento de ese requisito indicara la falta injustificada a sus labores, para todos los efectos legales ademas cumplirán con la función de ayudante de cocina y las tareas de las 7.00 a las 7:10 checar entrada, de las 7:10 a las 7:30 lavado de manos, ponerse cofia, bata y zapatos de seguridad de las 7:30 a 7:45 recoger las materias primas del almacén como son fruta, azúcar, fetina, ácido cítrico, colorantes naturales, tapas, frascos, etiquetas y cajas para empaque, de 7:45 a 8:00 lavado y desinfectado de frutas, de 8:00 a 10:00 esterilización de frascos y secado de los mismos de las 10:00 a las 10:30 hora de refrigerio en el comedor , de las 10:30 a las 2:00 ayudar al cocinero a la elaboración de la mermelada, de las 2:00 a 2:45 lavado de los materiales de producción como son ollas, cuchillos, estufa y mesas(todo lo necesario para elaborar mermelada) de 2:45 a las 3:00 lavado de bata y guardado en los locker junto con los zapatos a las 3:00 checar salida.
Séptima: El trabajador percibirá, por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, un salario de $185.71 (ciento ochenta y cinco con setenta y uno centavos) pesos diarios, al cual se aplicara la parte proporcional correspondiente al descanso semanal, conforme a lo dispuesto en el articulo -69- de la ley federal del trabajo. El salario se le cubrirá los Sabados de cada semana laboral vencida, en moneda de curso legal y con tarjeta de débito en el banco banamex, estando obligado el trabajador a firmar las constancias de pago respectivas , teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos de dicha ley.
Octava:Por cada _____________ dias de trabajo el trabajador tendra
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